Noticia semanal #3
Vivienda, alquiler y pandemia: estas son las novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta
La crisis derivada de la pandemia de coronavirus ha sacudido la sociedad y la economía desde sus cimientos y ello repercute de forma inevitable también en cómo el contribuyente elaborará la próxima declaración de la renta, cuya campaña empieza el 7 de abril y termina el 30 de junio. Como cada año, si ha vendido su vivienda habitual para comprar otra o es propietario de un inmueble alquilado, deberá reflejarlo en este documento. Esta vez, sin embargo, tendrá que considerar todas aquellas novedades determinadas por las medidas que se tomaron con el objetivo de paliar los estragos de la emergencia sanitaria también en estos ámbitos.
Reinversión en vivienda habitual
De esta forma, como otros años, las ganancias patrimoniales obtenidas en la venta de la vivienda habitual del contribuyente serán exentas, cuando el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de aquella que vaya a serlo.
Para beneficiarse de la exención, el plazo para reinvertir el importe obtenido por la venta es dos años, “que pueden ser no solo los posteriores sino también los anteriores a la venta de la anterior vivienda habitual”, según la web de la Agencia Tributaria. No obstante, se deberá tener en cuenta que en 2020 el cómputo de este plazo se paralizó desde el 14 de marzo, fecha en la que entró en vigor el estado de alarma, hasta el 30 de mayo.
Acuerdos sobre el arrendamiento
La pandemia ha provocado el cierre de numerosos negocios o una merma importante de sus ingresos. Ello ha supuesto que, en muchos caso, el propietario y el inquilino hayan pactado rebajas o suspensiones del pago de los alquileres de estos locales. La renegociación de los alquileres también ha afectado a los contratos de arrendamientos de viviendas.
“La Agencia Tributaria ha señalado que, en los acuerdos para rebajar la renta por el estado de alarma, el arrendador reflejará en la declaración como ingresos durante esos meses las nuevas cuotas acordadas por las partes, cualquiera que sea su importe”, subrayan desde la organización de los técnicos de Hacienda (Gestha).
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